CÓMO CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE LA CSRD

Es vital que las empresas de la UE cumplan con los requisitos de la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa de la UE (CSRD). Implementar estos requisitos puede ser un desafío. 

En FORLIANCE, nuestro objetivo es ayudarle a cumplir con estos nuevos estándares con confianza.

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¿QUÉ CAMBIÓ?

ACTUALIZACIONES RECIENTES DE LA CSRD: CAMBIOS EN ESRS Y EN LA NORMATIVA EUROPEA DE SOSTENIBILIDAD

A lo largo de 2025 y a principios de 2026, el marco europeo de reporte de sostenibilidad ha experimentado cambios estructurales significativos. Tras la propuesta legislativa Omnibus presentada por la Comisión Europea el 26 de febrero de 2025, el proceso legislativo ha dado lugar a aplazamientos en los calendarios de aplicación, a una reducción del ámbito de aplicación y a una simplificación sustancial de los requisitos de reporte bajo la CSRD, los ESRS, la Taxonomía de la UE y la CSDDD.

Desde el punto de vista regulatorio, se han adoptado varias medidas clave, entre ellas la directiva denominada “Stop-the-Clock”, modificaciones de tipo “quick fix” para las empresas de la primera fase de aplicación, un acuerdo provisional sobre el contenido del paquete Omnibus I y un acto delegado para simplificar la Taxonomía de la UE, que ya ha entrado en vigor.

QUÉ SIGNIFICAN LAS NUEVAS NORMAS DE LA CSRD PARA EL REPORTE DE SOSTENIBILIDAD

El acuerdo provisional modifica de forma significativa la CSRD al reducir su alcance, reforzar el principio de proporcionalidad y simplificar los requisitos de reporte.

Los nuevos umbrales limitan la obligación de reporte principalmente a empresas de mayor tamaño. Al mismo tiempo, las exenciones ampliadas y los periodos transitorios reducen la duplicación de esfuerzos y la carga administrativa. Un nuevo límite en la cadena de valor (value-chain cap) restringe las solicitudes de datos a proveedores más pequeños, reforzando la proporcionalidad a lo largo de toda la cadena de reporte.

Los estándares sectoriales se sustituyen por orientaciones no vinculantes y se introduce mayor flexibilidad en aspectos como cambios en grupos empresariales, tratamiento de información sensible y requisitos de verificación.

En conjunto, el marco revisado orienta la CSRD hacia un sistema de reporte más enfocado, basado en la materialidad y más práctico, manteniendo al mismo tiempo los objetivos fundamentales de transparencia.

CÓMO AFECTAN LAS NUEVAS NORMAS DE LA CSRD A SU EMPRESA

El impacto dependerá de si su empresa se encuentra dentro del nuevo ámbito de aplicación de la CSRD.

Aunque muchas organizaciones dejarán de estar sujetas a obligaciones directas de reporte debido al aumento de los umbrales, esto no significa que los requisitos de sostenibilidad desaparezcan por completo.

Las empresas fuera del ámbito de la CSRD pueden seguir enfrentando obligaciones indirectas, especialmente a través de relaciones en la cadena de valor con clientes sujetos a la CSRD, entidades financieras o socios estratégicos. Es probable que continúen las solicitudes de información relacionada con el clima y la sostenibilidad —en particular sobre descarbonización, emisiones (ESRS E1) y planes de transición— aunque de forma más proporcionada y estandarizada.

Además, las empresas con ambiciones de crecimiento, presencia internacional o objetivos voluntarios de descarbonización pueden optar por mantener o desarrollar su reporte de sostenibilidad para cumplir con las expectativas de los grupos de interés, fortalecer relaciones comerciales y mantener su competitividad en un entorno regulatorio en constante evolución.

¿Está tu empresa afectada por la nueva directiva ambiental?

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NUESTRA ESTRATEGIA

SERVICIOS DE ESTRATEGIA CLIMÁTICA PARA CSRD Y OBJETIVOS NET-ZERO

FORLIANCE apoya a las empresas en la gestión de los requisitos y expectativas climáticas dentro del marco europeo de sostenibilidad, con un enfoque claro en la descarbonización y la cadena de valor.

  • Calculamos sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en Scope 1, Scope 2 y Scope 3, conforme al GHG Protocol y a las mejores prácticas internacionales.
  • Desarrollamos junto con usted una estrategia climática, identificando oportunidades de reducción de emisiones a lo largo de sus operaciones y su cadena de suministro y definiendo objetivos de reducción claros y creíbles.
  • Diseñamos una hoja de ruta de reducción de emisiones alineada con la Science Based Targets initiative (SBTi), que respalda tanto objetivos a corto plazo como ambiciones Net-Zero a largo plazo.
  • Apoyamos la implicación de proveedores y la gestión de la cadena de valor, ayudándole a estructurar solicitudes de datos, priorizar focos de emisiones y aplicar medidas de descarbonización de forma pragmática y proporcionada.
  • Facilitamos el acceso a proyectos de eliminación de emisiones de alta calidad para abordar emisiones actualmente inevitables, garantizando integridad ambiental y transparencia.
  • Identificamos y evaluamos riesgos relacionados con el cambio climático relevantes para su empresa y su cadena de valor.
  • Analizamos aspectos relacionados con la biodiversidad en su cadena de suministro, identificando riesgos y soluciones para mejorar su desempeño en biodiversidad.

SUS BENEFICIOS A PRIMERA VISTA:

Benefíciese de nuestra sólida experiencia en consultoría climática y de sostenibilidad. Nuestro trabajo se basa en una amplia práctica en contabilidad de emisiones, estrategias de descarbonización y reporte de sostenibilidad conforme a los principales estándares internacionales.

A través de talleres estructurados y prácticos, traducimos los requisitos de la CSRD en medidas concretas. Prestamos especial atención a ESRS E1 (cambio climático) y a sus implicaciones en materia de emisiones, objetivos climáticos y planificación de la transición.

Desarrollamos soluciones personalizadas que reflejan el contexto específico, el nivel de madurez y las prioridades estratégicas de su empresa. De este modo, sus iniciativas de sostenibilidad generan resultados medibles en lugar de limitarse a un cumplimiento formal.

Nuestra oferta modular le permite elegir exactamente el nivel de apoyo que necesita: desde servicios individuales hasta programas climáticos integrales, siempre alineados con sus objetivos de sostenibilidad y descarbonización.

Preparamos a su organización para cumplir con los requisitos de ESRS E1 de forma pragmática y orientada al futuro, integrando datos de emisiones, trayectorias de reducción y acciones a lo largo de la cadena de valor.

Recibirá una hoja de ruta estructurada y priorizada que define los próximos pasos, responsabilidades y plazos. Esto facilita la toma de decisiones informadas y posiciona a su empresa como un actor climático creíble.

Prepárate para las regulaciones CSRD

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Milan Pal, Manager Partnerships Climate Solutions
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NUESTRO ENFOQUE

ESTRATEGIA CLIMÁTICA INTEGRAL

Mide tu huella de carbono

Comienza por entender el impacto climático de tu empresa a través de una evaluación integral de las emisiones de gases de efecto invernadero. Este análisis sirve como una base crucial para todas las futuras iniciativas climáticas.

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Establece metas de reducción

Una vez que comprendas tus emisiones, tendrás una base sólida para establecer metas de reducción estratégicas y ambiciosas. Te apoyamos en el desarrollo de objetivos basados en la ciencia alineados con el límite de 1.5°C.

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Reduce tu huella de carbono

Implementa soluciones que aumenten la eficiencia, adopten energías renovables y reduzcan las emisiones a lo largo de tu cadena de suministro. Estas medidas dsminuyen tu impacto ambiental y crean un camino hacia un cambio significativo.

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Financia la acción climática

Invierte en proyectos de carbono impactantes que vayan más allá de tu cadena de valor para compensar tus emisiones inevitables. Esto incluye financiar iniciativas que generen beneficios ambientales más amplios y apoyen los objetivos climáticos globales.

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Comunica y lidera

Involucra a las partes interesadas compartiendo la visión climática de tu empresa. La comunicación transparente impulsa la responsabilidad corporativa y establece un referente para que otros lo sigan en el camino hacia la acción climática. 

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¿Qué es la doble materialidad en la CSRD y es obligatoria?

La doble materialidad es el principio central de la CSRD y determina qué debe reportar una empresa y con qué nivel de detalle. Actúa como un filtro entre toda la información potencialmente reportable y la información que realmente debe incluirse en el informe de sostenibilidad.

En esencia, la doble materialidad significa que un tema se considera material si es relevante desde al menos una de dos perspectivas.

La primera es la materialidad de impacto (impact materiality). Esta perspectiva analiza cómo las actividades de una empresa afectan a las personas y al medio ambiente. Incluye impactos reales y potenciales, tanto positivos como negativos, a lo largo de toda la cadena de valor.

La segunda es la materialidad financiera (financial materiality). Esta perspectiva se centra en cómo los aspectos de sostenibilidad influyen en la situación financiera, el rendimiento económico y el desarrollo futuro de la empresa.

En el marco de la CSRD y los ESRS, las empresas identifican los temas relevantes analizando sus impactos, riesgos y oportunidades (IROs – Impacts, Risks and Opportunities) y evaluándolos desde ambas perspectivas.

Si un tema resulta material desde la perspectiva de impacto o desde la perspectiva financiera, debe considerarse material a efectos de reporte.

¿Qué son los European Sustainability Reporting Standards (ESRS)?

Los European Sustainability Reporting Standards (ESRS) son los estándares obligatorios de reporte establecidos por la CSRD. Constituyen el marco común que deben utilizar las empresas sujetas a la CSRD para elaborar su informe de sostenibilidad.

Los ESRS han sido desarrollados por EFRAG y adoptados por la Comisión Europea mediante actos delegados. En total incluyen doce estándares:

Dos estándares transversales

  • ESRS 1 – Requisitos generales y doble materialidad
  • ESRS 2 – Información general obligatoria

Diez estándares temáticos

  • E1–E5 Medio ambiente
  • S1–S4 Social
  • G1 Gobernanza

Desde 2025, determinadas simplificaciones denominadas “quick fixes” han reducido algunos requisitos transitorios, especialmente en relación con biodiversidad y cadena de valor social durante los primeros años de aplicación.

Para las pequeñas y medianas empresas fuera del ámbito de la CSRD existe el estándar voluntario VSME (Voluntary Sustainability Reporting Standard for SMEs), recomendado por la Comisión Europea en julio de 2025.

Se trata de un marco simplificado y proporcional compuesto por dos módulos:

  • Módulo Basic – indicadores clave
  • Módulo Comprehensive – información más detallada

El estándar solo se aplica a la información relevante (“si aplica”) y no requiere auditoría obligatoria. Ayuda a las pymes a responder de forma estructurada a las solicitudes ESG de clientes, bancos e inversores, facilitando el acceso a financiación sostenible y a cadenas de suministro internacionales.

¿Desde cuándo se aplica la CSRD a mi empresa?

El calendario de aplicación de la CSRD depende del tamaño de la empresa, su estructura jurídica y su condición de empresa cotizada.

Las modificaciones recientes en el marco de la iniciativa Omnibus han introducido aplazamientos en los plazos de aplicación y han elevado los umbrales, lo que implica que menos empresas estarán sujetas directamente a la obligación de reporte.

Sin embargo, incluso si su empresa no está obligada a reportar directamente, pueden surgir requisitos indirectos a través de clientes, entidades financieras o relaciones en la cadena de valor.

Por ello, es recomendable realizar un análisis específico para determinar si su empresa está afectada por la CSRD y a partir de cuándo.

¿Cómo se relaciona la CSRD con la Taxonomía de la UE?

La CSRD y la Taxonomía de la UE son pilares interconectados del marco europeo de finanzas sostenibles.

Mientras que la CSRD obliga a las empresas a informar sobre sus aspectos de sostenibilidad, también exige la divulgación del grado de alineación con la Taxonomía de la UE como parte esencial de la información ESG.

Por lo tanto, las empresas deben reportar en el marco de la CSRD en qué medida sus actividades económicas cumplen los criterios de la Taxonomía de la UE.